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San Fernando del Valle de Catamarca
30 abril, 2025

Medida precautoria: acusado de abuso sexual no podrá ingresar a la Capital

Un hombre acusado por delitos contra la integridad sexual tendrá ingreso bloqueado a la Capital hasta tanto se lleve a cabo el juicio por jurado ante el cual deberá responder. La denunciante se había presentado en la Oficina de Gestión de Audiencias (OGA) del Poder Judicial para informar que su agresor –un hombre de 52 años-, policía retirado, la merodea en los lugares que frecuenta, como su vivienda y su lugar de trabajo. La denunciante tiene domicilio en Capital y el imputado, en Valle Viejo.

La audiencia se realizó el lunes y fue presidida por el juez director subrogante Silvio Martoccia. El Ministerio Público Fiscal estuvo representado por el fiscal del caso, Hugo Costilla, quien estuvo acompañado por la abogada de la querella, Gabriela De Santis. La defensa fue ejercida por el abogado del foro local Luciano Rojas.

Por tratarse de un delito de instancia privada, la audiencia se desarrolló a puertas cerradas. De acuerdo con información a la que pudo acceder El Ancasti, la querella solicitó medidas de protección. El fiscal Costilla adhirió a lo solicitado por la representante de la querella. En tanto que la defensa destacó algunas consideraciones.

Según se detalló, sobre el acusado obraba una restricción de acercamiento de 200 metros hacia la víctima. Ante el presunto incumplimiento y posible comisión del delito de desobediencia judicial, el magistrado –quien había remitido copia de la denuncia a la Fiscalía General- dispuso la prohibición del ingreso del acusado a la Capital. En caso de que surgiera alguna emergencia o urgencia, debe solicitar permiso al tribunal.

Expediente

El hecho por el que el acusado deberá responder ante un juicio popular habría sucedido entre julio de 2017 y diciembre del mismo año. La víctima era una adolescente de 15 años que vivía junto con su tía y su pareja, un policía retirado. El hecho salió a luz en 2018, cuando la preceptora de la escuela donde asistía la chica notó algunos cambios. La adolescente había bajado en su rendimiento escolar y lloraba a toda hora. Ante esta situación, la preceptora se acercó a ella y la calmó. La chica se encontró contenida y pudo romper el silencio. Le confesó a la preceptora los ultrajes que había sufrido en su propia casa y señaló a la pareja de su tía como el agresor.

La preceptora le creyó y radicó la denuncia penal pertinente. El fiscal de Instrucción de Quinta Nominación, Hugo Leandro Costilla, estuvo a cargo de la investigación. Oportunamente, imputó al sospechoso por el delito de “abuso sexual con acceso carnal agravado por ser la víctima menor de 18 años y la convivencia, continuado”.

Entre mayo de 2018 y junio, el acusado estuvo privado de la libertad. Tras un mes de detención, el imputado fue excarcelado tras el pago de una caución de $50.000. Además, se le impusieron restricciones de acercamiento a la víctima. La causa fue elevada a juicio en noviembre último e ingresó a la OGA para la realización del juicio por jurados. En febrero, la camarista Daniela Barrionuevo salió sorteada como la juez directora.

Actualmente, la denunciante tiene domicilio en la Capital y el acusado, en Valle Viejo. Sin embargo, según informó la joven, su denunciado merodea por su domicilio y su trabajo todas las semanas. En ocasiones, también se lo cruza en la calle, aseguró. Dado el incumplimiento de las restricciones impuestas y el temor que siente cada vez que ve a su agresor, la joven dio aviso a las autoridades judiciales, a fin de que se tomen medidas al respecto.

La denunciante se presentó el jueves último en la OGA para denunciar esta situación. De inmediato, se dio intervención al juez director Martoccia –quien subroga a la jueza Barrionuevo. El magistrado citó a las partes a fin de llevar a cabo una audiencia en relación con esta situación.

Problemática

Las Naciones Unidas definen la violencia contra la mujer como “todo acto de violencia de género que resulte, o pueda tener como resultado un daño físico, sexual o psicológico para la mujer, inclusive las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de libertad, tanto si se producen en la vida pública como en la privada”. La violencia de pareja se refiere al comportamiento de la pareja o expareja que causa daño físico, sexual o psicológico, incluidas la agresión física, la coacción sexual, el maltrato psicológico y las conductas de control. La violencia sexual constituye un grave problema de salud pública y una violación de los derechos humanos de las mujeres. La violencia puede afectar negativamente la salud física, mental, sexual y reproductiva de las mujeres. La violencia intrafamiliar es entendida como toda acción u omisión cometida por algún miembro de la familia en relación de poder, sin importar el espacio físico donde ocurra, que perjudique el bienestar, la integridad física, psicológica o la libertad y el derecho al pleno desarrollo de otro miembro de la familia.

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