Durante una inspección realizada por la Dirección de Defensa del Consumidor, constató que un gimnasio aplicaba precios distintos según el medio de pago utilizado para abonar la cuota mensual, lo cual está prohibido por la Ley 25.065 (artículo 37, inciso c) y la Resolución E 51/2017.
La normativa establece que debe existir un único precio, independientemente de si el pago se realiza en efectivo, por transferencia o con tarjeta.
Se solicitó al establecimiento que adecue la cartelería y el sistema de cobro a las disposiciones vigentes para resguardar los derechos de los consumidores.
Desde defensa al consumidor indican que “si detectas este tipo de practicas podes denunciar en t.ly/8vF6H”