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San Fernando del Valle de Catamarca
4 septiembre, 2025

Diputados oficialistas presentaron amparo por la suspensión de pensiones

En el marco del escándalo de las coimas que involucran a la secretaria de la Presidencia, Karina Milei, diputados provinciales por el Frente de Todos-Fuerza Patria presentaron un amparo colectivo ante la Justicia Federal de Catamarca, buscando el restablecimiento inmediato de las pensiones no contributivas por discapacidad que fueron suspendidas por el Estado Nacional y la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) de forma “ilegal, arbitraria e ilegítima”.

La acción judicial también persigue el reembolso de los montos que los afectados dejaron de percibir y la declaración de inconstitucionalidad de la normativa que sustenta estas medidas.

Los legisladores Pablo Castro, Adriana Díaz, Stella Nieva, Cecilia Barros y Josefina Herr junto con la adhesión de Natalia Ponferrada, Mónica Zalazar, Juan Carlos Ledesma, Gladys del Moro, Claudia Palladino, Armando López Rodríguez, María Argerich, Hernán Díaz y Nicolás Zavaleta y el patrocinio letrado de Carlos Hernán Vera, defendieron la presentación al sostener que es una “obligación moral” debido a “la vulnerabilidad” de las personas afectadas y la ausencia de reglamentación del Defensor del Pueblo, buscando evitar el “abandono y desamparo” de miles de personas.

La presentación judicial detalló que la ANDIS, mediante una auditoría iniciada a partir de un edicto publicado el 1 de abril de 2025, suspendió el pago de pensiones a quienes considera que requieren una nueva “verificación de la subsistencia de los requisitos”. Los diputados señalaron que, en muchos casos, estas suspensiones se han producido “sin comunicación previa fehaciente”, con los beneficiarios enterándose de la medida únicamente al intentar cobrar sus haberes. La demanda subraya que “la Agencia Nacional de Discapacidad ha suspendido de manera arbitraria el pago de pensiones no contributivas que venían cobrando el colectivo de personas con discapacidad de Catamarca”.

En el planteo, los legisladores cuestionaron el criterio de suspensión aplicado por el Gobierno nacional que establece la causal de “no poseer bienes, ingresos ni recursos suficientes que permitan su subsistencia”. Los diputados argumentaron que este inciso es “manifiestamente contrario a las obligaciones asumidas por el Estado argentino” y a la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, la cual tiene jerarquía constitucional. En este marco, la demanda critica que este enfoque ignora los “costos adicionales asociados con la discapacidad”, que implican inversiones en prestaciones, equipamientos y atención sanitaria especializada.

Por otra parte, la presentación judicial enfatiza que el Estado Nacional incurrió en una “grave afectación a sus derechos fundamentales” e indica que la interrupción del pago de la pensión “viola de modo manifiesto la referida disposición y coloca a las personas con discapacidad en una situación de grave desprotección, dado que necesitan esa prestación para afrontar los gastos de vida diaria y aquellos generados por la misma discapacidad”.

La demanda agregó que el Gobierno “no solo ha omitido adoptar medidas de acción positiva para remover las barreras que enfrentan a diario las personas con discapacidad, sino que con sus resoluciones recorta el goce de los derechos adquiridos más básicos, dejando al colectivo de discapacitados en una situación de total abandono”.

Además de la “protección social” y “un nivel de vida adecuado”, los diputados señalaron que la medida atenta “directamente contra el derecho a la salud de las personas con discapacidad”, dado que la pensión no contributiva les permitía acceder al Programa “Incluir Salud”. Añadiendo que la suspensión de esta cobertura los sitúa en “una situación de incertidumbre frente al futuro de sus tratamientos y al cuidado de su salud, que -como es evidente- pone en riesgo su vida”.

Finalmente, los diputados advirtieron que “el grave peligro que supone para la vida y la integridad estar sin cobertura médica, tornan imperioso que se ordene la restitución inmediata de la pensión”.

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