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San Fernando del Valle de Catamarca
18 julio, 2025

Dinamitar el Congreso, libertad de expresión o delito?

“Los tanques a la calle ya”, pidió un usuario en la red social X. “Es ahora Javo: Metan todos los tanques adentro del Congreso”, insistió otro. “El Javo debería organizar milicias populares, entregando armamento a ciudadanos para facilitar el cierre del Congreso”, propuso un tercero. Y un cuarto, sin rodeos, escribió: “Hay que dinamitar todo el Congreso con diputados y senadores adentro”.

Estos mensajes no provienen de los márgenes oscuros de internet. Fueron publicados en espacios públicos, replicados por miles de cuentas, y en muchos casos, amplificados por entornos afines al presidente Javier Milei. ¿Estamos frente a meras provocaciones? ¿O estas expresiones cruzan el límite de lo permitido en un Estado democrático de derecho? Veamos.

El artículo 213 bis del Código Penal argentino prevé penas de hasta ocho años de prisión para quien organice o integre agrupaciones —formales o informales— que, sin ser asociaciones ilícitas, tengan por objetivo imponer sus ideas o combatir las ajenas mediante la fuerza o el temor. Para que esta figura se aplique, debe existir algo más que un tuit aislado: se necesita una estructura, coordinación y finalidad concreta de violencia ideológica.

Sin embargo, eso no agota el análisis. El artículo 211 sanciona la intimidación pública, es decir, las amenazas destinadas a infundir temor colectivo o provocar desórdenes. El artículo 212 castiga la incitación a la violencia contra grupos de personas o instituciones, motivada por razones políticas, religiosas o ideológicas.

Entonces, ¿Decir que hay que “dinamitar el Congreso con legisladores adentro” o “armar milicias para cerrarlo” entra dentro de estos delitos? La respuesta, en términos jurídicos, es: sí, potencialmente. Estas frases no son opiniones políticas, ni humor negro, ni sátiras exageradas. Son llamamientos explícitos a destruir una institución democrática. Y no solo tienen carga simbólica: en el actual clima de polarización, pueden ser interpretadas como habilitación o aliento a acciones reales.

En democracia, la libertad de expresión protege incluso los discursos incómodos, provocadores o críticos del poder. Pero no protege la violencia, ni la incitación a cometer delitos. Hay una diferencia fundamental entre disentir con una ley y pedir que se arrase con los legisladores. Entre oponerse a un modelo político o económico, disentir con la forma de actuar del resto de los poderes y convocar a militarizar las calles.

Frente a estos discursos extremos, la Justicia no puede permanecer pasiva ni indiferente. Como poder del Estado y garante del orden constitucional, tiene la responsabilidad de investigar, intervenir y actuar con firmeza frente a expresiones que puedan configurar delitos, especialmente cuando atentan contra las instituciones democráticas. La inacción judicial no solo es peligrosa, sino que envía un mensaje de impunidad que erosiona la credibilidad del sistema republicano. Es en los momentos de mayor tensión institucional donde la Justicia debe reafirmar su rol como barrera infranqueable contra el autoritarismo y la violencia política.

Las redes sociales no son tierra sin ley. Y los discursos que promueven el exterminio simbólico —o literal— del Congreso son una forma de violencia institucional que debe ser denunciada, investigada y, si corresponde, sancionada. En este contexto, no caben eufemismos ni tolerancia frente al odio: el llamado a “dinamitar el Congreso”, “sacar los tanques a la calle” o “armar milicias” no es parte del debate democrático, es su negación violenta. Y la Justicia tiene el deber constitucional y ético de impedir que estos mensajes se conviertan en acciones.

Rechazar con firmeza estas manifestaciones libertarias que exaltan la destrucción institucional no solo es una obligación democrática, sino un acto de defensa activa del Estado de derecho. Porque cuando el silencio se vuelve cómplice, es la Justicia la que debe hablar en nombre de la Constitución.

(*) Juez de Cámara de Responsabilidad Penal Juvenil de Catamarca. Profesor adjunto de Derecho Penal II de la Universidad Nacional de Catamarca. Miembro de la Mesa Nacional de Asociación Pensamiento Penal. Miembro del Foro Penal Adolescente de la Junta Federal de Cortes (Jufejus). Miembro de Ajunaf. Miembro de la Red de Jueces de Unicef.

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