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sábado, 27 abril, 2024

Crimen de María Marta García Belsunce: con Nicolás Pachelo condenado, ¿se cerró el caso?

Nicolás Pachelo (47) fue condenado a «prisión perpetua» por matar a su vecina, la socióloga María Marta García Belsunce, para ocultar que había entrado a su casa de El Carmel a robar. El fallo de la Sala I de Casación bonaerense dio un nuevo volantazo a un caso lleno de marchas y contramarchas desde el mismo día del crimen, ocurrido el 27 de octubre de 2002.

Pachelo fue condenado y las preguntas se amontonan: ¿Y ahora qué sigue? ¿Ya está? ¿Se cerró el caso?

La primera respuesta a estas preguntas empieza con una paradoja.

Al igual que Carlos Carrascosa (79) en su momento, Pachelo fue absuelto primero por un tribunal oral y luego -vía apelación fiscal- condenado por la Cámara de Casación bonaerense. Pero a diferencia del viudo, ahora Pachelo tiene algo a su favor y curiosamente eso es la llamada «doctrina Carrascosa».

Créase o no, cuando la defensa de Pachelo apele la condena a perpetua por el homicidio criminis causa de María Marta, tendrá la posibilidad de que la sentencia sea revisada integralmente por otra Sala de Casación, oportunidad que Carrascosa no tuvo de entrada y por la que debió batallar durante siete años.

La casa donde fue asesinada María Marta.La casa donde fue asesinada María Marta.El tortuoso trámite del expediente -que estuvo apunto de prescribir en octubre de 2017, cuando se decidió acusar a Pachelo- dio esta semana un paso contra la impunidad. Sin embargo, está lejos de terminar porque un fallo queda firme recién cuando se agotan todas las instancias o cuando el interesado no apela a la instancia superior.

Descontando que Pachelo apelara hasta donde le sea posible y lo mismo hará la fiscalía (en caso de una nueva absolución), la causa tiene garantizados unos cuantos años más rebotando en la Justicia.

Primero se deberá designar una nueva sala para revisar el fallo condenatorio de la Sala I de Casación. Y cuando esta nueva sala opine, a las partes les quedarán aun las instancias de la Suprema Corte provincial y finalmente el de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Carrascosa, en el juicio donde Pachelo terminó absuelto. Foto Guillermo Rodríguez Adami.Carrascosa, en el juicio donde Pachelo terminó absuelto. Foto Guillermo Rodríguez Adami.Los abogados de Carrascosa pelearon desde junio de 2016 hasta noviembre de 2014 para llegar a la decisión de la Corte nacional que ordenó una revisión de la condena del viudo. Y recién en diciembre de 2016 lograron la absolución en Casación bonaerense, fallo que quedó firme en la Corte nacional en diciembre de 2020.

La doctrina Carrascosa

En julio de 2007 el Tribunal Oral en lo Criminal N° 6 de San Isidro condenó a Carlos Carrascosa por el encubrimiento del crimen de su esposa, María Marta García Belsunce (50), pero lo absolvió del asesinato.

Esto cambió rotundamente en julio de 2009 cuando la Sala I de la Cámara de Casación de la provincia de Buenos Aires sentenció al viudo a prisión perpetua como coautor del homicidio.

Ese fallo -que la Corte bonaerense se negó a revisar alegando defectos formales en la apelación de la defensa- fue una bomba que parecía haber cerrado el caso. Pero no. Aun faltaba mucho camino por recorrer y en ese camino nació la doctrina Carrascosa.

Pachelo, el día del veredicto absolutorio. Foto Guillermo Rodríguez Adami - FTP CLARIN DSC02535.jpg Z.Pachelo, el día del veredicto absolutorio. Foto Guillermo Rodríguez Adami – FTP CLARIN DSC02535.jpg Z.¿Qué es exactamente la jurisprudencia que lleva el apellido del viudo?

En 2014, al tomar cartas en el asunto, la Corte Suprema de Justicia de la Nación consideró que, como Casación había adoptado el rol de primer tribunal en condenar, el viudo tenía derecho a una segunda instancia de revisión de la sentencia. Sostuvieron que ningún defecto formal era más importante que su derecho a una «revisión amplia» del fallo que lo condenaba a morir en la cárcel.

Así nació en la práctica la «Casación horizontal», por la cual un fallo condenatorio de una sala debe ser revisado por otra. De eso se beneficiará ahora Nicolás Pachelo.

Nota aparte merece la polémica sobre si jueces de Casación -que no escucharon ni vieron a los testigos- pueden o deben analizar los testimonios que sí vieron y escucharon los jueces del tribunal oral. Esa es una cuestión, no menor, que parece no estar actualmente en el tapete.

EMJ

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