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San Fernando del Valle de Catamarca
26 marzo, 2025

Convenio marco para la promoción de Cooperativas y Mutuales

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Con el objetivo de generar fuentes de empleo

El acuerdo está destinado a beneficiar a las cooperativas y mutuales inscriptas en la Dirección Provincial de Acción Cooperativa y Mutual.

Para fomentar la promoción y el fortalecimiento de las cooperativas y mutuales de nuestra Provincia, generar nuevas fuentes de empleo privado y facilitar el acceso a servicios profesionales, el Gobierno de Catamarca y el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Catamarca celebraron un convenio marco para la Promoción de Cooperativas y Mutuales.

La rúbrica del acuerdo se realizó entre el ministro de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos, Nicolás Rosales Matienzo; el secretario de Inspección General de Personas Jurídicas, Facundo Ripoll; el director provincial de Acción Cooperativa y Mutual, Gustavo Luis Aparicio; y el presidente del Consejo, Federico Rueda.

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El convenio estipula la implementación del “Programa de Promoción de Cooperativas y Mutuales”, destinado a beneficiar a las cooperativas y mutuales inscriptas en la Dirección Provincial de Acción Cooperativa y Mutual.

Por su parte, el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Catamarca se compromete a crear y mantener un Registro de Contadores Públicos habilitados para prestar servicios profesionales a las cooperativas y mutuales; además, reducirá los aranceles aplicables a la legalización de los estados contables de las cooperativas y mutuales, estableciéndose un monto fijo de $18.000 por cada ejercicio anual o irregular.

Asimismo, conviene que los honorarios por auditoría de estados contables serán de acuerdo al siguiente esquema:

  • a) Cooperativas y mutuales inactivas: $ 91.800 por estado contable anual.
  • b) Cooperativas y mutuales con activos menores a $ 9.760.000 y ingresos anuales menores a $ 2.713.000: $ 145.500 por estado contable anual o irregular.
  • c) Cooperativas y mutuales que superen uno de los topes del inciso b): $ 195.000 por estado contable anual o irregular.
  • d) Cooperativas y mutuales que superen ambos topes del inciso b): 75% del importe previsto en la Escala de Honorarios Mínimos Éticos vigente a la fecha de legalización.

De esta manera, el Consejo se comprometió a reducir los aranceles que le corresponden tanto a las cooperativas como a las mutuales, en concepto de legalización de los estados contables. También se estableció un importe fijo por cada ejercicio anual presentado.

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