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San Fernando del Valle de Catamarca
11 septiembre, 2025

Caso Micaela: Cuando uno obtiene justicia, en cierta forma es una forma de empezar a curar

jueves, 11 de septiembre de 2025 02:52

En las últimas horas, la abogada Astrid Acuña, representante legal de la joven Micaela T., quien todos los martes se manifiesta en la Plaza 25 de Mayo pidiendo que vaya preso su padre biológico, a quien denunció por abuso sexual y que tras un juicio popular fue declarado culpable y condenado a tres años de prisión en suspenso, fue notificada por la Sala Penal de la Corte de Justicia, que el próximo 18 de octubre se realizará la audiencia de agravios solicitada por la letrada para refutar la sentencia dictada por el juez Jorge Palacios.

Al respecto, El Esquiú.com dialogó con la abogada querellante que acompaña a Micaela desde el año 2020, cuando la víctima reunió coraje y denunció a su padre por los abusos y otros aberrantes hechos a los que la sometió desde que tenía 6 años hasta que cumplió los 19.

La Dra. Astrid Acuña comentó: “Se nos ha notificado que la fecha de audiencia para la expresión de agravios es el día 14 de octubre, así que celebramos la prontitud con que se ha resuelto esto para que podamos expresar la disconformidad que tenemos con la sentencia condenatoria a Torres, la cual lo condena a tres años de prisión en suspenso”.

El condenado llegó al banquillo de los acusados por el delito de abuso sexual gravemente ultrajante continuado, calificado por el vínculo y calificado por el grave daño en la salud de la víctima, sin embargo, el jurado lo declaró culpable, pero de un delito mucho menor, como fue el de abuso sexual simple continuado por el vínculo.

“El juicio se desarrolló durante tres días, y arribamos a un veredicto de culpabilidad por un delito menor, que es abuso sexual simple, continuado, agravado por el vínculo, es decir, el jurado descartó el gravemente ultrajante como también descartó el grave daño en la salud mental de la víctima. En este tipo de juicios nosotros no podemos acceder a cuáles han sido los fundamentos del jurado para arribar a ese veredicto o ese tipo penal. Pero en la audiencia de cesura, esta querella en virtud de los elementos de juicio y de la prueba aportada, solicitó una pena de siete años de prisión, por supuesto de cumplimiento efectivo. El juez en su veredicto ponderó tanto los elementos atenuantes, casi ningún agravante, solo uno. Nosotros más allá de discrepar con la pena, tenemos fundamentos jurídicos para decir por qué, a mi criterio, ese veredicto es arbitrario, no configura un acto jurisdiccionalmente válido, y precisamente son los agravios que fundan el recurso de casación que lo vamos a defender en esta audiencia del 14 de octubre”, explicó la abogada.

En otra parte de la entrevista, Acuña hizo referencia a las valoraciones que a su entender el juez director debió realizar al momento de dictar la sentencia condenatoria: “Si uno considera la vida de Micaela, 27 años, prácticamente más de 20 años ligada a esta historia tan trágica en su vida. Ella empezó a sufrir los abusos sexuales a los 6 años de edad, pudo denunciar a los 19 y hoy, ocho años después, arribamos a una condena que no contempla ni la naturaleza del hecho, la gravedad del hecho, ni el daño en la salud de la víctima, porque más allá de que el tipo penal, que era grave daño, que tenía un grave daño en la salud mental, que tiene una pena en expectativa de hasta 20 años de prisión, en el caso concreto, y en este caso, aun tratándose de un abuso sexual simple, también el juez tendría que haber merituado, dentro de esa escala penal, cuál era el daño que realmente había sufrido Micaela, y realmente está acreditado, por un montón de evidencia que sirve a los efectos de mensurar la pena. Así tampoco ha tomado en cuenta, por ejemplo, la naturaleza de la acción, estamos hablando de un delito absolutamente grave, creo que son sobrevivientes las víctimas de este tipo de delitos, donde no solamente se trata de violencia de género, digamos, contra la mujer, sino también hubo un aprovechamiento de la edad de la víctima, era una niña cuando empezó a padecer todo esto”. 

“Tampoco valoró todas las estrategias que él -por el condenado- utilizó para perpetuar ese silencio, para dominar a esa niña. Se valió de todo tipo de estrategias, violencias físicas, violencias psicológicas, amenazas, violencia económica. El juez sí lo tendría que haber tenido en cuenta, lo podría haber valorado dentro de lo que es el caso concreto y dentro de la tipología que finalmente llegó, el tipo de delito que llegó. No valoró ninguno de los elementos que son considerados como agravios y que fundamentan el recurso. No solamente se trata de una mera discrepancia, porque en la mensuración de la pena rige el criterio de un amplio margen de discrecionalidad por parte del juez para fijar la pena. Pero, atento a todo lo que implica este caso, la verdad es que es una condena que nos deja la sensación prácticamente de impunidad. Porque más allá de se lo ha declarado culpable de este tipo de delito, que es aberrante en su máxima expresión, pero esta pena, teniendo en cuenta todas las consecuencias del caso, no satisface el sentido de justicia, la necesidad de justicia, de reparación, de garantía, de no repetición, y demás que necesita

Micaela”. En la parte final de la entrevista, la Dra. Acuña se mostró confiada de poder revertir la pena dictada en la audiencia de agravios: “Tenemos que tener justicia porque esta sentencia, así como es, no encuentra razón jurídica para considerarla válida. Y creemos que sí lo vamos a obtener, tenemos la fe, la confianza, y ella la necesidad terrible y tremenda de ser reparada en ese sentido, porque cuando uno obtiene justicia, en cierta forma es una forma de empezar a curar, de empezar a sanar, de empezar a cerrar esta etapa que, como digo, es una etapa de toda una vida para ella”.

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