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San Fernando del Valle de Catamarca
6 julio, 2025

Caminamos sobre las ruinas de la democracia

lunes, 16 de junio de 2025 01:09

El hecho puntual de la conculcación de los derechos políticos de Cristina Kirchner –su inhabilitación para ejercer cargos públicos– trasciende lo jurídico para convertirse en un caso paradigmático de cómo el poder establecido neutraliza a sus adversarios políticos mediante herramientas legales. 

Desde la perspectiva de Hannah Arendt (1997), esto representa una distorsión fundamental del espacio político, donde ya no prima la confrontación libre de ideas, sino la exclusión sistemática de voces disidentes a través de mecanismos formalmente legales, pero sustancialmente antipolíticos (p. 71). Arendt (1997) sostenía que “el derecho a participar en la vida pública no es un privilegio, sino la esencia misma de la ciudadanía en un sistema republicano” (p. 58). 

Cuando este derecho es negado –especialmente a figuras con arraigo popular–, no solo se afecta a un individuo, sino que se debilita el principio de pluralismo que hace posible la democracia. 

La inhabilitación de Kirchner opera como lo que Arendt (1951) llamaría un “acto de exclusión constitutiva” (p. 322): un intento de redefinir los límites de lo políticamente aceptable, eliminando a quienes desafían el orden dominante. 

El problema arendtiano más profundo radica en su uso como tecnología de despolitización. Para Arendt (1997), lo político surge precisamente del “conflicto entre perspectivas diversas” (p. 63); cuando se elimina esta conflictividad –mediante el lawfare–, se destruyen las bases de la acción política. 

La inhabilitación busca naturalizar que ciertos actores son intrínsecamente “inaceptables”, reproduciendo la lógica platónica que Arendt (1997) criticaba: “un orden que se autoproclama custodio de la verdad puede excluir a quienes considera peligrosos” (p. 69). 

Esta maniobra transforma la política en una farsa administrada. Arendt (1951) alertaba que cuando los sistemas cierran sus puertas a la controversia, “sustituyen la libertad por la administración” (p. 418). 

La inhabilitación de Kirchner –convertida en “espectáculo de culpabilidad”– refleja esta dinámica: ya no se debate, sino que se elimina técnicamente al adversario. 

Lo más grave es que estas prácticas son síntoma de una crisis estructural. 
Como escribió Arendt (1997): “Cuando la ley se usa para violar el derecho a disputar el poder, se convierte en instrumento de tiranía” (p. 82). El caso Kirchner plantea una pregunta arendtiana crucial: ¿queremos una política donde el conflicto –incómodo, pero vital– siga siendo la savia de la libertad, o una donde el disenso se resuelva mediante exclusión legal? 
Como advirtió Arendt (1951), “sin pluralismo radical, no hay política… solo su simulacro” (p. 466). 
Arendt nos recordaría que, sin pluralismo radical, no hay política… solo distintas formas de administrar su ausencia.

Fuentes

Arendt, H. (1951). Los orígenes del totalitarismo. Alianza Editorial
Arendt, H. (1997). La promesa de la política (Trad. R. S. Carbó). Paidós

 Prof. Miriam Andreo 
DNI 17.724894 

Prof. Jorge Endrizzi
DNI 17.313.924
 

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