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14 junio, 2025

ARCA te vigila: a partir de qué sueldo tenés que pagar impuesto a las ganancias

Una vez que se dio a conocer el dato de inflación de mayo, se puede realizar un estimativo de las escalas salariales que pagarán Impuesto a las Ganancias

13/06/2025 – 18:27hs

Ahora que el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) ya dio a conocer el dato de la inflación de mayo de 2025, se pudo calcular un monto estimativo a partir de qué sueldo los trabajadores tendrán que pagar el Impuesto a las Ganancias desde julio.

Sucede que la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) durante mayo de este año fue de 1,5%. Sin embargo, hay que considerar que no es el único dato a tener en cuenta para  determinar a partir de qué sueldo se paga Ganancias.

Desde 2025, las escalas del Impuesto a las Ganancias se actualizarán semestralmente, en enero y julio, basándose en la inflación acumulada de los seis meses anteriores.

Por lo tanto, hay que tener en cuenta los siguientes índices: 

  • Enero: IPC 2,2%.
  • Febrero: IPC 2,4%.
  • Marzo: IPC 3,7%.
  • Abril: IPC 2,8%.
  • Mayo: IPC 1,5%
  • Junio: IPC 1,5% (estimado, según la inflación de mayo)

ARCA te vigila: a partir de qué sueldo tenés que pagar Impuesto a las Ganancias en julio

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), ex AFIP, es la encargada de actualizar las escalas a partir del dato oficial, y si bien aún no puede dar el monto definitivo, ya que falta el dato de junio, algunos consultores ya están haciendo algunos adelantos.

Por lo tanto, a partir del IPC de mayo (el último que se conoce, que es del 1,5%) y teniendo en cuenta el mismo monto para julio, según la estimación del consultor Bassanetti, pagarán el Impuesto a las Ganancias a partir de los siguientes sueldos:

  • Solteros: pagarán Ganancias desde $2.329.287,39 de ingreso bruto y de $1.933.316,83 de salario neto.
  • Solteros con 1 hijo: desde un salario bruto de $2.520.039,89 y de un sueldo de bolsillo de $2.091.633,11.
  • Solteros con 2 hijos: de $2.710.782,39 de ingreso bruto y desde un salario neto de $2.249.949,38.
  • Casado: desde $2.707.526,86 de salario bruto y de $2.247.247,29 de sueldo de bolsillo.
  • Casado con 1 hijo: de $2.898.269,36 de sueldo bruto y de $2.405.563,57 de salario neto.
  • Casado con 2 hijos: desde $3.089.011,87 de ingreso bruto y de $2.563.879,85 de sueldo de bolsillo.

Estas cifras incluyen el proporcional de aguinaldo y no contempla deducciones adicionales. Además, se tomó un 17% como promedio de retenciones.

Impuesto a las Ganancias: qué pasa con el aguinaldo

Los trabajadores que por sus ingresos se vean alcanzados por el Impuesto a las Ganancias, también deberán pagar el dinero correspondiente por su medio aguinaldo de junio 2025, o Sueldo Anual Complementario (SAC).

Según la Ley 27.743, sancionada en 2024, se modificó el tratamiento del SAC en el Impuesto a las Ganancias y, por lo tanto, se eliminó la exención anterior y se introdujo una nueva deducción especial

Esta deducción especial equivale a la doceava parte de las deducciones personales (ganancia no imponible, deducción especial y cargas de familia).

Montos orientativos para 2025:

  • Sin cargas familiares: $846.725
  • Con cónyuge y 2 hijos: $1.122.889
  • Cuál es el umbral para pagar impuesto sobre el aguinaldo:
  • Trabajador soltero: si su salario mensual promedio supera $1.693.450.
  • Trabajador con cónyuge y dos hijos: si gana $2.245.638 o más

Para calcular el medio aguinaldo, los trabajadores en relación de dependencia deben tener en cuenta lo siguiente:

  • Base de cálculo: 50% del sueldo bruto más alto percibido en el semestre correspondiente.
  • Para la cuota de junio: se considera el período de enero a junio.
  • Para la cuota de diciembre: se considera el período de julio a diciembre.
  • Incluye: salario básico, horas extra, comisiones y otros conceptos remunerativos.
  • Excluye: conceptos no remunerativos como viáticos o asignaciones familiares.
  • Descuentos: se aplican los habituales de jubilación, obra social, sindicato, etc., para obtener el monto neto o “de bolsillo”.
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