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San Fernando del Valle de Catamarca
11 agosto, 2025

Desidia judicial en la mira

Un juicio por tentativa de estafa en contra de dos abogados fue motivo de una reconvención al Ministerio Público Fiscal por parte de la Corte de Justicia. La Sala Penal del máximo tribunal de la Provincia absolvió a ambos letrados, pero por prescripción de la causa. La ministra María Fernanda Rosales Andreotti no se privó de remarcar las deficiencias del trámite.

Es irónico: a la Corte no le quedó más remedio que proceder con la absolución debido a las fallas de la estructura judicial. La causa se inició en julio de 2017 y tuvo como damnificada a la madre de un hombre acusado y detenido por abuso sexual. Según la pesquisa, los abogados Sebastián Ibáñez y Alejandro Deprattiz solicitaron dinero a la madre del imputado, asegurándole que tenían influencias suficientes para habilitar la liberación del presunto abusador con una caución. Habrían pedido 10 mil pesos para realizar el trámite.

La Corte de Justicia comienza a poner el foco en la mora judicial y sus consecuencias en términos de impunidad. La Corte de Justicia comienza a poner el foco en la mora judicial y sus consecuencias en términos de impunidad.

En agosto de 2020, tres años después de la denuncia, los dos letrados fueron imputados y desde entonces, el expediente recorrió los enrevesados pasillos de tribunales hasta llegar a la Corte. El hecho puntual es que el expediente permaneció inactivo durante más de tres años en Apelaciones, estacionamiento que facilitó la prescripción.

“Se observa inactividad procesal inadmisible por parte de la Cámara de Apelaciones”, sentenció Rosales Andreotti en sus fundamentos, detallando que esa Cámara demoró más de tres años para resolver una apelación que recibió a fines del año 2020.

La magistrada enfatizó: “No puedo dejar de expresar la preocupación institucional que genera la falta de diligencia de los operadores judiciales que hoy se muestran preocupados por la gravedad institucional ante el hecho consumado”.

Rosales añadió que “la inacción prolongada por parte del Ministerio Público Fiscal (MPF) y de la Cámara de Apelaciones -carente de justificación legal o fáctica-, es la que ha motivado la extinción de la pretensión punitiva del Estado”.

“Por ello, a diferencia de lo que refiere la fiscal (Yésica Miranda), su inactividad en la causa es la que vulnera el deber de garantizar la tutela judicial efectiva, el debido proceso y la confianza de la sociedad en la administración de justicia”, remarcó.

Rosales Andreotti recomendó a la Fiscalía de Instrucción y a la Cámara de Apelaciones “tramitar las causas con la diligencia que exige su actuación”, y remitió el expediente “a la Sala de Sumarios de la Corte de Justicia, a fin de que evalúe la posible responsabilidad administrativa de los funcionarios/as intervinientes en el cumplimiento de sus funciones”.

Las consideraciones de la magistrada marcan un quiebre dentro de la corporación judicial en lo que concierne al trámite de las causas. Establece un criterio de la Sala Penal respecto de una de las principales recriminaciones que se le hacen al Poder Judicial: la mora y sus consecuencias en términos de impunidad.

En los últimos meses, varios fiscales de instrucción han recibido llamados de atención por falencias en sus investigaciones y han quedado expuestos a partir de resoluciones judiciales de instancias superiores que los pusieron en evidencia.

Entre los casos más resonantes se encuentra el del abogado Nahuel Filippín, quien estaba detenido con prisión preventiva y tras ser enviado a juicio por abuso sexual y otros delitos, debió ser liberado porque la fiscal de Violencia Familiar y de Género no pidió que se prorrogue la prisión preventiva.

Otro cuestionado es el fiscal Hugo Costilla, quien enfrenta un jury de enjuiciamiento por la causa Wika y su gestión para lograr las absoluciones pagas en la causa por el asalto a Matías Rolón Reynoso en barrio Parque América.

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